STATEMENT ON BEHALF OF THE GROUP OF 77 AND CHINA BY MR. LUIS OñA GARCéS, THIRD SECRETARY OF THE PERMANENT MISSION OF ECUADOR, ON AGENDA ITEM 6: CAPACITY-BUILDING AND THE TRANSFER OF MARINE TECHNOLOGY, AT THE 3RD PREPCOM MEETING ON CONSERVATION AND SUSTAINABLE USE OF MARINE BIOLOGICAL DIVERSITY OF AREAS BEYOND NATIONAL JURISDICTION (New York, 31 March 2017)

Madam Facilitator,

I have the honour to deliver this statement on behalf of the 134 Member States of the Group of 77 and China on agenda item 6 regarding capacity-building and the transfer of marine technology. Those are two fundamental aspects for an effective regime for the conservation and sustainable use of marine biodiversity in areas beyond national jurisdictions.

The Group of 77 and China believes that the transfer of technology and capacity building are basic tools to support developing countries in the context of international law of the sea. In this regard, there is a need to establish a legal framework that define the general obligations in promoting the implementation of procedures for international cooperation in the development of capacity and transfer of marine technology at all levels, including North-South / South-South cooperation and triangular cooperation, and partnerships with relevant stakeholders with specific expertise while recognizing the relevance of marine scientific research for developing countries. This will prove beneficial to strengthening human and institutional capacities and ultimately achieving the objectives of the new instrument.

We reiterate that capacity-building and transfer of marine technology under the new instrument should enhance and develop the capacity and ability of developing countries, taking into account the special needs for assistance of land-locked and geographically disadvantaged developing States, small island developing States, least developed countries, coastal African States as well as the specific development challenges developing middle-income States are facing, with a view to enabling them to assume their responsibility and obligations under the new instrument as well as to conserve and sustainably use the marine biological diversity.

Madam Facilitator,

For the Group of 77 and China, capacity-building and transfer of marine technology under this new instrument should be promoted and carried out on fair and reasonable terms and conditions as well as through favorable terms and conditions, this calls for an adequate, predictable and sustainable funding mechanism that should be complemented by the voluntary trust fund and the contributions resulting from the sharing of benefit aspect in order to promote meaningful projects on capacity building.

We are of the view that the scope of the needs and priorities for capacity building can include, inter alia, scientific, educational, technical assistance as well as individual capacity building through short-term, medium-term and long-term training and scholarships, exchange of experts, and research cooperation programmes, awareness raising and knowledge sharing in areas such as marine science (including in the context of access to and use of MGRs), ABMTs, EIAs under the new instrument; establishment or strengthening the capacity of relevant organizations or institutions in developing countries to deal with conservation of marine biological diversity in areas beyond national jurisdiction; access and acquisition of necessary knowledge and materials, information, data in order to inform decision making of the developing countries; development of necessary technology in marine science; development of necessary infrastructure and acquisition of necessary equipment to sustain and further develop R&D capabilities in the country. The needs identified and priorities for capacity building can be reviewed by an advisory or decision-making body under the new instrument.

In addition, the new instrument should be related to the areas which require increased scientific knowledge, the development of research capacity, promoting, inter alia, an effective implementation of the existing relevant provisions on transfer of marine technology, including those provided by the Intergovernmental Oceanographic Commission (IOC). It concerns, for instance, Criteria and Guidelines on the Transfer of Marine Technology, with the possibility to revise and update them (among others, the definition of marine technology therein) so as to include all aspects of needs in the context of conservation and sustainable use of marine biodiversity of areas beyond national jurisdiction.

Madam Facilitator,

The Group would like to highlight the importance of utilizing existing instruments where capacity building and transfer of marine technology are working well, such as UNCLOS, ISA, the Ocean Biogeographic Information System (OBIS), Intergovernmental Oceanographic Commission of UNESCO, among others. The new instrument shall not undermine or duplicate the existing programmes or mechanisms and shall address the specific aspects relating to it, while building upon the lessons learned from different international instruments that are of technical nature such the UNCLOS, the Convention on Biological Diversity (CBD), and the United Nations Framework Convention on Climate Change (UNFCCC) including the Paris Agreement. The instrument should also build upon the existing capacity building frameworks or mechanisms, focus on coordinating efforts, promote cooperation between them and make them responsive to the objective of conservation and sustainable use of marine biological diversity, such as the IOC Medium-Term Strategy 2014-2021.

The G77 and China sees favorable that capacity building should also raise awareness on stressors on the oceans that impact marine biodiversity beyond national jurisdiction.

Finally, the idea of a clearing-house mechanism and a capacity-building network, as encompassed in the CBD's Nagoya Protocol, could be used through an agreement or institutional arrangement, using, inter alia, web-based tools of open access data. Those tools can be a platform to access, evaluate, publish and disseminate information, as well as to provide a case-by-case option upon request, with capacity building and technology transfer objectives. The experience of the CBD and the UNFCCC (Climate Technology Centre and Network as well as the Technology Needs Assessment), for example, could be instrumental in this regard.

I thank you.


DECLARACIÓN EN NOMBRE DEL GRUPO DE LOS 77 MÁS CHINA SOBRE EL TEMA 6 DEL PROGRAMA PROVISIONAL: LA CREACIÓN DE CAPACIDAD Y LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA MARINA, EN LA 3ª REUNIÓN DEL PREPCOM SOBRE LA CONSERVACIÓN Y USO SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA MARINA DE LAS ZONAS SITUADAS FUERA DE LA JURISDICCIÓN NACIONAL (NUEVA YORK, 31 DE MARZO DE 2017)

Señora Facilitadora,

Tengo el honor de pronunciar esta declaración en nombre de los 134 Estados Miembros que conforman el Grupo de los 77 más China sobre el tema 6 del programa, relativo a la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina. Estos son dos aspectos fundamentales para un régimen efectivo de conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional.

El Grupo de los 77 más China considera que la creación de capacidad y la transferencia de tecnología son herramientas básicas para apoyar a los países en desarrollo en el contexto del derecho internacional del mar. Al respecto, creemos que es necesario establecer un marco jurídico que defina las obligaciones generales para promover la aplicación de procedimientos de cooperación internacional en el desarrollo de la capacidad y la transferencia de tecnología marina, a todos los niveles, incluyendo la cooperación Norte-Sur / Sur-Sur y la cooperación triangular; así como promover las asociaciones con las partes interesadas pertinentes con conocimientos técnicos específicos, reconociendo la importancia de la investigación científica marina para los países en desarrollo. Esto resultará beneficioso para fortalecer las capacidades humanas e institucionales y, en última instancia, para alcanzar los objetivos del nuevo instrumento.

Reiteramos que la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina, en el marco del nuevo instrumento, debería mejorar y desarrollar la capacidad y habilidad de los países en desarrollo, tomando en cuenta las necesidades especiales de asistencia a los países en desarrollo sin litoral y geográficamente desfavorecidos, pequeños Estados insulares en desarrollo, los países menos adelantados, los Estados ribereños de África, así como los Estados vulnerables a los efectos adversos del cambio climático y los desafíos específicos de desarrollo que afrontan los países de renta media, con miras a permitirles asumir su sus responsabilidades y obligaciones en el marco del nuevo instrumento y la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina.

Señora facilitadora,

Para el Grupo de los 77 más China, la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina en el marco de este nuevo instrumento debería promoverse y llevarse a cabo en condiciones justas y razonables, así como también en términos y condiciones favorables; para esto, se requiere un mecanismo de financiación adecuado, previsible y sostenible que debería complementarse con un fondo fiduciario voluntario y las contribuciones resultantes de la distribución de beneficios a fin de promover proyectos significativos sobre la creación de capacidad.

Consideramos que el ámbito de las necesidades y prioridades para la creación de capacidad puede incluir, entre otras, la asistencia científica, educativa y técnica, así como la creación de capacidad individual mediante becas de corto, mediano y largo plazo. El intercambio de expertos, programas de cooperación en materia de investigación, concientización e intercambio de conocimientos en áreas tales como las ciencias marinas (incluyendo el contexto de acceso y la utilización de los MGR, por sus siglas en inglés), los mecanismos de ordenación basados en zonas geográficas (ABMTs), y las evaluaciones del impacto ambiental (EIAs) del nuevo instrumento; el establecimiento o fortalecimiento de la capacidad de las organizaciones o instituciones relevantes en los países en desarrollo que hacen frente a la conservación de la diversidad biológica marina en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional; el acceso y la adquisición de conocimientos y materiales necesarios, la información, los datos para facilitar la toma de decisiones en los países en desarrollo; el desarrollo de la tecnología necesaria en ciencias marinas; el desarrollo de la infraestructura y la adquisición de equipos necesarios para sostener y desarrollar más las capacidades de investigación y desarrollo en el país.

Las necesidades identificadas y las prioridades para la creación de capacidades podrían ser examinadas por un órgano consultivo o de toma de decisiones bajo el nuevo instrumento

Adicionalmente, el nuevo instrumento debería estar en relación con las áreas que requieran un mayor conocimiento científico, el desarrollo de la capacidad de investigación y la promoción, entre otras, de una implementación efectiva de las provisiones existentes relevantes sobre la transferencia de tecnología marina, incluyendo aquellas proporcionadas por la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI). Se trata, por ejemplo, de los Criterios y Directrices para la Transferencia de Tecnología Marina, con la posibilidad de revisarlos y actualizarlos (entre otros, la definición de tecnología marina en ellos) para incluir todos los aspectos de las necesidades en el contexto de la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina de áreas situadas fuera de la jurisdicción nacional.

Señora facilitadora,

El Grupo desea resaltar la importancia de utilizar los instrumentos existentes donde la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina funcionan bien, como CONVEMAR, la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, el Sistema de Información Biogeográfica de los Océanos (OBIS), la Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la UNESCO, entre otros. El nuevo instrumento no debería debilitar ni duplicar los programas o mecanismos existentes y debería abordar los aspectos específicos relacionados con ellos, tomando en cuenta las lecciones aprendidas de carácter técnico de los diferentes instrumentos internacionales, como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), incluyendo el Acuerdo de París. El instrumento debería además basarse en los marcos o mecanismos de creación de capacidad existentes, centrarse en coordinar esfuerzos, promover la cooperación entre ellos y hacerlos perceptivos al objetivo de la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina, como la IOC Medium-Term Strategy 2014-2021 (Estrategia COI de Mediano Plazo 2014- 2021).

El G77 más China ve favorable que la creación de capacidad deba también aumentar la conciencia sobre los factores de perturbación en los océanos que impactan la biodiversidad marina más allá de la jurisdicción nacional.

Por último, la idea de un mecanismo de facilitación de intercambio de información (clearing-house mechanism) y de una red de creación de capacidad, tal como se contempla en el Protocolo de Nagoya de la CBD, podría utilizarse mediante un acuerdo o arreglo institucional, utilizando, entre otras cosas, herramientas de acceso abierto de datos basadas en la web. Esas herramientas pueden ser una plataforma de acceso, evaluación, publicación y difusión de información, y podría proporcionar una opción caso por caso a petición, con el objetivo de creación de capacidad y transferencia de tecnología. La experiencia del Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (con el Centro y Red de Tecnología sobre el Clima, y la Evaluación de Necesidades Tecnológicas), por ejemplo, podrían ser instrumentales al respecto.

Muchas gracias.